Trabajo comunitario para los infractores de tránsito

Los concejales de Santa Fe Franco Ponce de León (CC-ARI – FPCyS) y Leandro González (UCR – FPCyS) ingresaron al Concejo Municipal un proyecto que establece la suma de trabajo comunitario para infractores de tránsito que obstaculicen las rampas destinadas a personas con discapacidad o movilidad reducida.

Los ediles presentaron un proyecto que tiene como finalidad incorporar a la pena de multa establecida para los infractores de tránsito, la realización de trabajo comunitario, en el caso de aquellos que obstaculicen las rampas destinadas a personas con discapacidad o con movilidad reducida. El mismo será designado por el Juez correspondiente.

Para ello se incorpora el artículo 80 bis al Anexo de la Ordenanza N° 7882, Régimen de Infracciones y Penalidades. El cual establece que estacionar obstruyendo las rampas y/o rebajes de cordón para personas con discapacidad o movilidad reducida que se encuentran en las calles y avenidas de la ciudad, serán sancionados con una multa de 15 a 150 UF. Pero además el Juez deberá imponer actividades de trabajo comunitario tal cual lo prevé el artículo 5° de dicha normativa.

En el mencionado artículo está establecido que…“Además de la pena de multa fijada en el presente régimen de infracciones y Penalidades, el Juez podrá imponer como accesoria desde la primera condena, las penas de concurrencia obligatoria a cursos especiales de educación vial y/o pasantías en centros de rehabilitación y/u hospitales públicos y/o la realización de trabajos no remunerados de solidaridad con la comunidad…”

Crear Conciencia

Ponce de León consideró importante «modificar la Ordenanza de Régimen de Infracciones y Penalidades, en caso de aquellos infractores que obstaculicen las rampas que utilizan habitualmente las personas con discapacidad o con movilidad reducida, como así también muchas mamás, papás o abuelos con sus cochecitos para bebés».

«El espíritu de esta iniciativa no es de un aumento monetario de la infracción, ya que siguen manteniéndose los mismos valores, sino lo que pretendemos es que además el Juez le sume a la multa que estipule pertinente, una acción comunitaria o trabajo solidario, para crear Conciencia de los trastornos e inconvenientes que se generan cuándo algún vehículo está estacionado obstruyendo la utilización de las rampas”.

Por su parte Leandro González explicó que con el proyecto también se procura «la tipificación formal de esta infracción porque si bien el artículo 80 y otros tratan sobre la prohibición de estacionamiento en determinados lugares, pretendemos que quede plasmado en dicha Ordenanza específicamente esta acción, ya que hasta el momento no se encuentra contemplada”.

 

 

 

 

 

 

(Fuente: Prensa F. Ponce de León)

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