¿Qué dice el proyecto para legalizar el consumo de droga?

Un nuevo proyecto de ley se presentó en el Congreso de la Nación, que busca despenalizar el consumo personal de estupefacientes, y volvió a replantear la necesidad de llegar a un profundo debate que involucre al conjunto de la sociedad.
El texto fue elaborado por el senador nacional Aníbal Fernández (FPV) quien consideró que «la legislación actual ha fracasado en materia de persecución, represión y sanción de los delitos vinculados al tráfico de estupefacientes al atacar a los eslabones más débiles, lo que alguna vez he dado en llamar los perejiles».
«Ello motivó un sistema judicial colapsado por causas de consumo y comercio en menor escala, hacinamiento carcelario y la ausencia de un programa sanitario específico para los droga dependientes», señaló el legislador.
Según Fernández, la propuesta de reforma se consolida con los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los cuales exhortan a los poderes públicos, a adecuar la legislación.
«Asimismo -continúa- el fenómeno del tráfico de estupefacientes y precursores químicos, comprende el control fiscalizador de ADUANAS, y por ello reformulamos algunas políticas del Código Aduanero».
Recuerda además, que se generaron leyes penales absurdas y represivas, sin obtener ninguno de los resultados esperados; y que se permitió que el castigo recayera en el sujeto más débil de la cadena del tráfico de drogas, en lugar de considerarlo como un enfermo a quien hay que ayudar y no estigmatizar con la pena.
El proyecto apunta a reemplazar lisa y llanamente la actual ley 23.737.
¿Qué dice el proyecto?
– Despenalización de la tenencia de droga, cuando por su escasa cantidad fuera para consumo personal y no se ponga en peligro la salud de terceros.
– Mantener la penalización de la tenencia cuando la cantidad exceda del consumo personal.
– Imponer al que organice, dirija o administre una red de producción, fabricación, comercialización o distribución, nacional o internacional, la misma pena que para el homicidio simple (de 8 a 25 años de prisión).
–  Despenalización del auto-cultivo para consumo personal, por las mismas razones que la tenencia para consumo y para evitar que deban comprar a los traficantes.
– En el marco del desaliento del consumo de estupefaciente, seguirá penado el uso con ostentación y trascendencia al público y la apología.
– Agravamiento de la pena de la apología cuando se utilicen medios masivos de comunicación.
–  Redefinir la condición de testigo de identidad protegida, ofreciendo todas las garantías para la preservación de la identidad.
– Se regula el accionar del agente encubierto.
– En el caso de aquellos Imputados que colaboran con la causa, se prevé la exención de pena o reducción por debajo del mínimo para el que identifica al jefe de la banda o desbarate una organización.
– Se modifica el Código Aduanero adecuándolo a las previsiones de la nueva ley en lo referido a contrabando de materias primas para la producción de estupefacientes y precursores químicos.

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