Ponen límites a la actividad de los «cuidacoches»

El Concejo sancionó una ordenanza para crear un programa inclusivo de cuidadores de vehículos con el objetivo de iniciar un proceso de incorporación de estas personas a la economía formal. Esta ordenanza es, a la vez, un marco normativo que establece límites claros a la actividad de los cuidacoches en Santa Fe, entre ellas, zonas vedadas y contribución voluntaria por parte de los automovilistas.

La norma tuvo origen en proyectos presentados por los concejales Marcela Aeberhard y Sergio Basile. A partir de ahora, los cuidacoches no podrán estar en lugares donde haya estacionamiento medido.

A su vez, se creará un registro especial de personas que realicen la actividad.

Otro de los puntos centrales es que los «trapitos» que estén habilitados como tales no podrán exigir el pago de canon alguno a los automovilistas que dejen estacionados sus rodados en la vía pública. Si éstos deciden hacerlo, la contribución económica será voluntaria.

Detalles

Según lo votado durante la sesión -artículo 2º- “se entenderá por cuidadores de vehículos a toda persona que realice la actividad informal de ofrecer el servicio de cuidar rodados estacionados en la vía pública, contando para ello con la acreditación y/o carnet habilitante emitido por la Municipalidad de Santa Fe y cumpla con todos los requisitos que se establezcan”.

La autoridad de aplicación será la Secretaria de Control de la Municipalidad en coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social y demás reparticiones que el municipio estime pertinentes.

Los «trapitos» no podrán exigir una suma fija al conductor y habrá zonas vedadas

Facultades de la Secretaría de Control

Según lo normado, serán facultades de la Secretaria de Control: crear un Registro de “Cuidadores de Vehículos”; fijar el número de credenciales habilitantes; delimitar la zona en que los cuidadores de vehículos pueden ejercer su labor; asignar a cada cuidador de vehículo al menos un sector de una calle y/o espacio, la cual se indicará en la credencial correspondiente; y modificar previo aviso la asignación de calle, cuando se produzcan disposiciones o indicaciones que impacten en el desarrollo de la movilidad urbana.

La actividad quedará prohibida en lugares donde haya estacionamiento medido. Según el texto de la ordenanza votada se dará cumplimiento a la Ordenanza 10.966 -excluyendo de la zona de concesión del estacionamiento medido, dentro de los horarios del servicio-.

La Secretaría de Control deberá establecer las pautas de un curso de capacitación inicial; entregar chalecos identificatorios; y publicar en la página web del Gobierno de la Ciudad, el listado de cuidadores de vehículos habilitados, indicando credencial y lugar de labor.

Los cuidadores de vehículos habilitados no podrán exigir el pago de canon alguno a los titulares de vehículos que dejen estacionados sus rodados en la vía pública. Si éstos deciden hacerlo, la contribución económica será voluntaria y se efectuará al momento de retirar el rodado; quedando prohibida la exigencia o solicitud anticipada de la entrega de un monto de dinero.

Registro

La Secretaría de Control elaborará una planilla de inscripción, la cual será puesta a disposición de los interesados, estableciendo los siguientes requisitos: ser mayor de 18 años; especificar nombre y apellido, número de DNI, estado civil, domicilio, estudios realizados; certificado médico; fotos color tipo carnet; certificado de buena conducta; e inscribirse en algunos de los programas de capacitación y/o promoción del empleo municipal, provincial o nacional.

El interesado deberá presentar acreditación de domicilio en la ciudad de Santa Fe con documental adecuada y la constancia de no estar inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

La Municipalidad evaluará la situación social de cada persona o grupo familiar a fin de gestionar su inclusión y participación en los diversos programas existentes a nivel municipal, provincial o nacional; como así también emprendimientos en el ámbito privado.

La norma establece que las personas registradas deberán obligatoriamente asistir y aprobar un curso de capacitación para cuidadores de vehículos que contemplará las siguientes temáticas: Instrucción sobre la reglamentación de tránsito; Atención pública y convivencia ciudadana; Seguridad; Información turística y Curso voluntario de Reanimación Cardio Pulmonar (RCP).

Otros aspectos de la Ordenanza

Entre otros aspectos sancionados la norma señala que tendrán prioridad para obtener el permiso como cuidadores de vehículos las personas mayores de 40 años y aquellas que tengan algún tipo de discapacidad.

Aquellas personas que hayan obtenido el permiso, deberán exhibir el mismo al personal de Control municipal cuando este lo solicite y vestirán en su lugar de desempeño chaleco fluorescente que deberá ser visible permanentemente con su número de identificación y número telefónico de atención ciudadana y leyenda “Contribución voluntaria.”

El permiso para ejercer la actividad de cuidador de vehículo se renovará anualmente y la credencial proporcionada será indelegable, intransferible y estrictamente personal. Los cuidadores de vehículos que cuenten con la credencial habilitante podrán complementar su labor mediante la realización de cursos de capacitación y formación laboral. Para ello el Gobierno de la Ciudad pondrá a disposición las siguientes áreas y herramientas de gestión: Escuelas de trabajo; Economía social; Programa de Empleo y capacitación municipal o por convenio con el Gobierno de la Provincia y Gobierno Nacional; e inserción laboral de personas con discapacidad.

Eventos masivos

Para el caso de espectáculos de masiva concurrencia, inmediaciones de ferias o mercados donde se realicen operaciones de carga y descarga de mercaderías, lugares donde se realizan eventos deportivos, culturales o de entretenimientos, la Secretaría de Control planificará cada evento asignando cupos y lugares de labor. Días y horarios, debiendo coordinar con el organizador del evento dicha autorización.

La palabra de los concejales

(Fuente: Prensa Concejo Municipal)

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