Lo que tenés que saber cuando te hagas un piercing en un local santafesino

La muerte de un joven santafesino por la colocación de un piercing y su posterior infección causó conmoción y preocupación en toda la comunidad. La ciudad de Santa Fe tiene regulada la actividad de tatuadores y colocadores de piercings desde hace 10 años, a través de la Ordenanza Municipal N°11299.

En la misma, se define que los locales habilitados para tal fin deberán cumplir una serie de requisitos, como por ejemplo contar con un seguro de responsabilidad civil y estar inscriptos como contribuyentes del Derecho de Registro e Inspección.

A su vez, deben cumplir con normativas de higiene del espacio físico donde se realizan las prácticas y esterilización de todos los elementos utilizados para las mismas, además de la utilización de agujas descartables que deben abrirse delante del cliente.

El tatuador o colocador de piercing debe tener las manos limpias, utilizar guantes descartables y barbijo. Debe llenarse una ficha de cada cliente que se deberá conservar por el término de dos años.

El local deberá acreditar su adhesión a un sistema de emergencias médicas. Por otra parte, los elementos utilizados deben ser descartados como residuos patológicos, de acuerdo a la Ordenanza N° 9.714.

 

Menores de edad

La normativa vigente establece que los menores de 16 años que pretendan realizarse tatuajes o piercings deberán contar con una autorización expresa de sus padres. El límite de edad fue modificado en la Ordenanza, ya que originalmente la norma lo establecía en los 18 años .

 

 

 

 

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