Aborto: el debate legislativo pendiente

Ayer, en un fallo histórico, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ratificó que el aborto es legal en casos de violación.
El máximo tribunal se expidió sobre un caso puntual de una nena de 15 años que fue violada por su padrastro en Chubut, y que, producto de las vejaciones, llevaba adelante un embarazo.
La Corte chubutense ya había fallado a favor de la menor en cuanto a habilitar la práctica del aborto en ese caso, y ahora la Corte Nacional confirmó la actuación.
Además, estableció que los médicos no deben pedir autorización judicial previa para este tipo de casos.
Según indicó ahora la Corte, sólo con la presentación de una declaración jurada en la que se manifieste que fue víctima de una violación, el aborto deberá ser practicado sin consecuencias penales para el médico ni para la mujer.
El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, salió inmediatamente a advertir que el fallo no avanza en el debate sobre el aborto, tema que –recordó- deberá ser resuelto por el Congreso Nacional.
El objetivo de la pronunciación, según Lorenzetti, es que “se dejen de judicializar” estos casos, en sintonía con las leyes internacionales.
Qué dice la ley sobre los abortos
El artículo 86 del Código Penal de la Nación penaliza a los médicos que practiquen el aborto y a las mujeres que se sometan a esa práctica SALVO ESTAS EXCEPCIONES:
1º Si el aborto se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios.
2º Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto.
Muchos médicos se abstenían de realizar el aborto de una mujer violada, ante la falta de garantías de que ellos no sean denunciados penalmente por esa práctica.
Por eso, muchos de estos casos llegaban a la justicia, que terminaba definiendo (extemporáneamente) si correspondía practicarlo o no.
La Corte despeja esas dudas en su fallo, y ratifica lo expuesto por el Código Penal.
La discusión de fondo
En un tibio intento por comenzar el debate sobre la despenalización absoluta del aborto, a fines del año pasado, la Cámara de Diputados inició la evaluación y discusión de 7 proyectos presentados por distintas bancadas.
El tema solo quedó reducido al análisis en comisiones y no pudo llegar al recinto de la Cámara Baja.

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *