Recreo declaró la emergencia en seguridad

La Municipalidad de esa ciudad santafesina promulgó la ordenanza Nº 2113/2014, que declara la “Emergencia en materia de Seguridad Pública Ciudadana” por un período de 90 días, prorrogable por igual período.
El mensaje enviado por el Departamento Ejecutivo Municipal (DEM) fue aprobado por unanimidad en el Concejo deliberante, con el objeto de obtener la norma legal que busca contribuir a la disminución de los índices delictivos a través de la aplicación de estrategias integrales de prevención.

Golpeando puertas

El intendente recreino, Mario Formento, admitió que “no es una noticia agradable pero ante la falta de respuestas desde el ministerio de Seguridad de la Provincia, buscamos alternativas para poder disuadir los hechos delictivos”, y añadió: “vamos a seguir golpeando las puertas del ministerio”.

Alcances

En el artículo Nº1, la ordenanza declara la “Emergencia en materia de Seguridad Pública Ciudadana” en todo el ejido municipal de la ciudad de Recreo, durante un período de 90 (noventa) días, a partir de la sanción de la presente, prorrogable por igual período.
Asimismo, en el artículo 2, se insta al Gobierno de la provincia de Santa Fe, para que a través del Ministerio de Seguridad, proceda en la ciudad de Recreo:

a) Dotar de mayores recursos humanos, materiales y tecnológicos a las dependencias policiales locales.

b) Intensificar los patrullajes policiales en los distintos barrios de la localidad, con el objetivo de prevenir el delito.

c) Tomar acciones tendientes a desafectar progresivamente de las tareas administrativas al personal policial activo, para ser cubiertas con la ayuda de personal administrativo, a fin de que se destine dicho personal policial a la prevención y el patrullaje en las calles.

d) Aumentar en forma inmediata la dotación de móviles y personal capacitado para atacar la problemática específica de la comercialización y distribución de drogas en la ciudad.

e) Elaborar un mapa del delito, a efectos de concentrar la mayor cantidad de efectivos y móviles en las zonas que registran mayores índices de hechos de violencia.
En tanto, el artículo 3, dispone por parte del municipio, continuar con la contratación de efectivos policiales adicionales, durante todo el plazo establecido por el Artículo 1°, para el patrullaje ciudadano en el ámbito del Distrito Recreo.
En el artículo 4, dispone incrementar los controles vehiculares en el marco de la normativa vigente. A tal efecto el área de Control Municipal, coordinará con las fuerzas policiales los operativos a llevarse a cabo en la jurisdicción de la ciudad.
Además, el artículo 5, faculta al DEM a suscribir convenios con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos de la Nación, a fin de optimizar las tareas de prevención y las acciones positivas que tiendan a generar políticas públicas permanentes de seguridad con una descentralización efectiva de los fondos necesarios para llevarlos adelante a nivel local.
Finalmente, el artículo 6, faculta al DEM a gestionar ante el Gobierno de la Provincia, vía Ministerio de Seguridad y/o de Economía, en el marco de la Ley Provincial N° 13.297 u otras disposiciones vigentes, el reintegro de las erogaciones ejecutadas por el Municipio para el fortalecimiento de la seguridad pública local en el marco de la “Emergencia en materia de Seguridad Pública Ciudadana”.

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