Podrían multar y clausurar lugares de acceso público que discriminen

Los objetivos de los proyectos de Ordenanza presentados por la concejala Adriana «Chuchi» Molina son garantizar el principio de no discriminación en la Ciudad, así como también sancionar el ejercicio arbitrario del derecho de admisión en los espacios y espectáculos públicos, y fortalecer el Consejo Municipal Permanente sobre la problemática.

Garantizar el principio de no discriminación en Santa Fe es el eje de normas que fue presentado esta semana por la concejala Adriana Molina (UCR-FPCyS). Se trata de dos proyectos de Ordenanza que promueven, por un lado, la prevención, sanción y eliminación de los actos discriminatorios en el ámbito de la ciudad de Santa Fe y, por otro, promover el fortalecimiento del Consejo Municipal Permanente sobre la problemática e integrado no solo por representantes del Estado sino también por entidades de la sociedad civil.
El objetivo de esta medida, explicó Adriana “Chuchi” Molina es “limitar y sancionar los actos discriminatorios que pudieran producirse en el marco del espacio público en nuestra ciudad. Entendemos que una sociedad igualitaria sólo puede integrarse con personas que posean garantizado el libre y equitativo acceso a los diversos ámbitos en el los que todos coexistimos”, afirmó la concejala y luego agregó que “avanzar en este sentido requiere que ningún santafesino ni santafesina se vea impedido de disfrutar de un espectáculo deportivo, artístico, musical o de cualquier otra índole sin perjuicio de su edad, orientación sexual, raza, color de piel, sexo, afiliación política o religiosa, entre otros motivos por los cuales pudiese ser discriminado”.
Los proyectos presentados fueron consensuados de forma participativa previamente con el INADI. Además, para definir los alcances de la normativa, se invitó a la ciudadanía a opinar y debatir el tema a través de las redes sociales. Igualmente, la edila radical promovió en el Concejo la organización de un Foro que tuvo como eje temático la discriminación y las violencias cotidianas, instancia que contó con la participación de instituciones y organizaciones sociales.

Sanciones
El proyecto de Ordenanza que tiende a una ciudad que se rija por el principio de no discriminación obliga a la colocación de un cartel en espectáculos y lugares de acceso al público e impone sanciones en caso de cometer actos discriminatorios o de llevar a cabo el ejercicio arbitrario del derecho de admisión. Pagar multas, proceder a la clausura del local u otorgar penas de concurrencia obligatoria a cursos de capacitación en el Instituto Nacional contra la Discriminación la Xenofobia y el Racismo (INADI) y/o la realización de trabajos no remunerados de solidaridad con la comunidad, son parte de las sanciones que propone la Ordenanza.
En este contexto, la presidenta del Interbloque del Frente Progresista Cívico y Social consideró que “aquellos ciudadanos y ciudadanas que cometen actos discriminatorios deben recapacitar al respecto y modificar sus acciones. No es correcto confundir el derecho de admisión en detrimento al libre acceso que tienen todas las personas al espacio que nos pertenece a todos”.
Según se detalla en uno de los proyectos presentados, serán la Secretaría de Control y la Dirección de Derechos Ciudadanos del municipio las dependencias que tendrán a su cargo fiscalizar y garantizar la aplicación de la normativa. Además, prevé que el Estado local realice periódicamente campañas de promoción de derechos que garanticen la integración y la progresiva eliminación de todas las formas de discriminación.
“Es fundamental que temas como la discriminación y la violencia se aborden también desde una perspectiva cultural. Necesitamos normativas superadoras pero también conductas sociales fundadas en el respeto, la tolerancia y la coexistencia que sostengan y afiancen los logros en materia antidiscriminatoria”, sostuvo Adriana Molina.

Consejo Permanente
En esa misma línea, un proyecto propone modificaciones en el artículo 1 de la Ordenanza Nº 11.864, promoviendo el fortalecimiento del Consejo Municipal Permanente contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo, el cual tendrá carácter consultivo y de asesoramiento, no vinculante y que funcionará en el ámbito del Programa Igualdad en la Diversidad, dependiente de la Subsecretaría de Acción Social de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno de la ciudad.
En ese contexto, se sugieren cambios en el artículo 2 de la misma Ordenanza, y se plantea que el Consejo será presidido por el Intendente Municipal o por quien éste designe en su lugar y estará integrado por cuatro representantes del Departamento Ejecutivo Municipal y dos del Honorable Concejo Municipal, a propuesta de ese Cuerpo. Además, será integrado por representantes de distintas instituciones y organismos como el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI); el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Provincia de Santa Fe; la Universidad Nacional del Litoral; la Universidad Tecnológica Nacional; la Universidad Católica de Santa Fe y organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la temática. Igualmente, dicho consejo deberá dictar el reglamento interno de funcionamiento, garantizando la periodicidad de las reuniones.

Definición
En el artículo dos de uno de los proyectos de Ordenanza se define a los actos discriminatorios aquellos que “tengan por objeto impedir, obstruir o restringir de forma temporal o permanente, el ejercicio igualitario de los derechos y garantías de las personas por motivos de etnia, nacionalidad, color de piel, nacimiento, origen nacional, lengua, idioma, convicciones religiosas o filosóficas, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, identidad de género y/o su expresión, orientación sexual, edad, estado civil, situación familiar, trabajo u ocupación, aspecto físico, discapacidad, condición de salud, perfil genético, situación socioeconómica, condición social, origen social, hábitos sociales o culturales, lugar de residencia, situación penal, antecedentes penales y/o cualquier otra condición o circunstancia personal, familiar o social”.
En ese sentido, la normativa señala que “se entenderá como discriminatoria toda acción que a través de patrones estereotipados, insultos, ridiculizaciones, humillaciones, descalificaciones, mensajes, valores, íconos o signos transmita y/o reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando o propiciando la exclusión o segregación en razón de pretextos discriminatorios. También serán consideradas discriminatorias aquellas conductas que tiendan a causar daño emocional o disminución de la autoestima, perjudicar y/o perturbar el pleno desarrollo personal y/o identitario, degradar, estigmatizar o cualquier otra conducta que cause perjuicio a su salud psicológica y a la autodeterminación de las personas”.

Fuente: Prensa Adriana Molina

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *