La medianera sigue siendo protagonista, pero ahora con más cartel

El Concejo aprobó una modificación en el Reglamento de Edificaciones. A instancias de una iniciativa del concejal Leonardo Simoniello (Frente Progresista Cívico y Social – UCR), el cuerpo deliberante introdujo un nuevo apartado en la Ordenanza 7279.
Está destinado a las nuevas instalaciones que produzcan humedad, a saber:
“a) No se podrán construir y/o instalar piscinas, tanques de agua y reguladores de excedentes pluviales a menos 00 cm de los muros separativos de unidades locativas independientes o de predios, aunque sean del mismo dueño.
Según la norma aprobada, se entiende como tanques de agua a los contenedores destinados a la provisión de agua de red domiciliaria, sin incluir dentro de la definición a los depósitos para inodoros, tanto embutidos como del tipo mochila.
b) No se podrán construir canteros y/o jardineras arrimados a un muro sin la colocación de un aislamiento hidrófugo vertical, rebasando 20 cm los bordes de esos canteros o jardineras.
c)No se podrán construir canalones de desagüe, limahoyas ni conversas a menos de 60 cm del eje divisorio entre predios, medidos desde dicho eje hasta el borde más próximo del canalón, debiendo continuar la cubierta entre canal y muro con una contrapendiente igual a la del techo.
Esta distancia refiere a canalones y limahoyas paralelos a ejes divisorios entre predios, no alcanzando esta restricción a dispositivos perpendiculares a dichos ejes.
En todos los casos se adoptarán dispositivos que impidan la filtración de agua.
d) No se podrán colocar enredaderas a menos de 20 cm de los muros separativos entre predios”.
“Establecemos un marco normativo que regule la instalación de elementos o dispositivos contenedores de agua en una propiedad, que puedan, por mala ejecución del mismo, por desborde o por falta de mantenimiento, producir filtraciones de agua y por consiguiente, perjuicios, en las propiedades vecinas” explicó el autor del texto, Leonardo Simoniello.

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