Protección urgente para el patrimonio

El municipio deberá inventariar y tutelar todos los inmuebles públicos o privados, que tengan valor histórico, cultural, artístico o arquitectónico. Asimismo el Ejecutivo Municipal deberá abstenerse por 120 días en otorgar permisos de obra que impliquen la demolición o afectación sustancial de edificaciones existentes en el inventario actual sin el dictamen favorable de la Comisión Municipal de Defensa del Patrimonio Cultural. La resolución fue iniciativa del concejal Ignacio Martínez Kerz (PJ).

El Concejo Municipal sancionó esta semana una resolución votada por unanimidad  con relación al cuidado y protección de inmuebles de carácter histórico patrimonial.

En efecto, el cuerpo dispuso “la protección urgente del patrimonio arquitectónico de la ciudad de Santa Fe, debiendo el municipio, en el plazo de ciento veinte días, prorrogables por igual término, inventariar y tutelar todos los inmuebles públicos o privados, sean edificios, monumentos, sitios o ámbitos urbanos, cuyo valor histórico, cultural, arquitectónico y/o artístico sea determinado por la Comisión Municipal de Defensa del Patrimonio Cultural de la Ciudad (Ordenanza Nº 10.115)”.

En la misma resolución también el Concejo dispuso que la Municipalidad, con la participación de la Comisión de Patrimonio, elabore el inventario de los inmuebles con valor histórico, cultural, arquitectónico y/o artístico que se encuentre dentro del ejido urbano, y remita al cuerpo el proyecto de Ordenanza tendiente a incorporar dichos inmuebles al patrimonio cultural de la ciudad bajo el régimen de la Ordenanza Nº 10.115.

Al mismo tiempo el texto de la resolución dispone que el Ejecutivo Municipal se abstenga, por 120 días en otorgar permisos de obra que impliquen “demolición o la afectación sustancial de las edificaciones existentes en el inventario actual, sin previo dictamen favorable de la Comisión Municipal de Defensa del Patrimonio. El dictamen de la Comisión, durante el plazo señalado, será vinculante”, aclara el texto.

Tutela y custodia

Para Martínez Kerz, “el acervo cultural de una comunidad también se ve reflejado en sus construcciones. Su conservación implica la conservación de la identidad de una ciudad que nos permite observarla reconociendo sus orígenes, sus influencias y sus distintas facetas a lo largo de la historia.”

“En este sentido, el régimen dispuesto por la Ordenanza Nº 10.115 se encuentra ineficaz e incompleto hasta tanto, como ciudad, identifiquemos y promovamos la tutela de aquellos inmuebles que sirven a tal fin. Así, la inversión inmobiliaria –por caso- y el interés cultural de todos los santafesinos, se ponderan de manera equitativa, tutelando a través del principio precautorio el acervo urbanístico”, explicó Martínez Kerz.

“Es dable destacar que este proyecto no implica afectación a los derechos de propiedad, en tanto se constituye como una limitación razonable y temporal, de acuerdo a los extremos analizados” señaló el edil.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *