Proponen impuestos al entretenimiento audiovisual por Internet

El diputado provincial, Rubén Galassi, dio argumentos sobre el proyecto de ley que propone gravar con Ingresos Brutos la comercialización electrónica de entretenimiento audiovisual (películas, series, música, juegos, videos, entre otros).

“La empresa Netflix, de Estados Unidos, cobra su servicio y el ciento por ciento se lo lleva a su casa central, y en Santa Fe no deja absolutamente nada, por eso planteamos habilitar a la Secretaría de Ingresos Públicos, para aplicar en el concepto de Ingresos Brutos, un tributo, no recargar el servicio, sino descontarles algo de lo que cobran para que quede en la provincia”, detalló el legislador provincial del bloque socialista.

“En Santa Fe la televisión por cable no está gravada con Ingresos Brutos, pero tienen otra realidad, dan cientos de puestos de trabajo, consumen y pagan servicios, y son motores de la industria cultural, porque están obligados a generar espacios que muestran lo que sucede en nuestra realidad”, dijo Galassi.

El legislador del socialismo aclaró que el objetivo “no es encarecer el servicio, sino que la empresa deje una pequeña porción en Santa Fe”, y en este sentido aclaró que Netflix cuenta con una “tarifa internacional, y no creo que hagan una especial para los santafesinos”.

Además, el diputado provincial explicó que la norma propone crear un Fondo Estímulo para la Producción Audiovisual Santafesina, afectando el 25 por ciento de lo que se recaude para promover el desarrollo de las industrias de base cultural.

Por otra parte, Galassi estimó que hoy en la provincia la compañía norteamericana cuenta con unos 50 mil abonados. “La única información que tenemos es que en Argentina hay unos 550 mil suscriptores, y Santa Fe, en general, representa entre el 8 y el 10 por ciento tomando población y PBI, por lo que podemos estimar que entre 40 y 50 mil santafesinos al presente consumen estos servicios”.

Detalles del proyecto

El proyecto de ley, en su primer párrafo detalla: “Incorporase al artículo 177 del Código Fiscal de la Provincia de Santa Fe – Ley 3456 y modificatorias, el siguiente apartado: La comercialización de servicios de suscripción online para acceder a toda clase de entretenimiento audiovisual (películas, series, música, juegos, videos, entre otros) que se transmita desde Internet a televisores, computadoras, dispositivos móviles y otros conectados”.

En tanto, en su artículo tercero pide que se cree en “la órbita del Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia de Santa Fe un Fondo Estímulo para la Producción Audiovisual Santafesina, el cual será destinado a estimular el desarrollo de las industrias de base cultural de la provincia, afectándose el 25 por ciento de lo recaudado”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *