Más voces contra la imprescriptibilidad de la responsabilidad penal empresaria

En el Senado se suman pedidos de fiscales y jueces para modificar el proyecto. “Ni de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, de ningún instrumento internacional se desprende que los delitos de corrupción deban ser imprescriptibles”, opinó el especialista en Derecho Procesal Fernando Díaz Cantón.

Si bien los expositores coincidieron en la necesidad de contar con una herramienta legal para castigar los delitos de empresas en casos de sobornos y corrupción, que involucren a la administración pública, también reclamaron modificaciones a la iniciativa que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados y que debería volver a ser tratada allí en caso de ser reformulada por los senadores.

En una nueva audiencia en la comisión de Justicia y Asuntos Penales, que preside el senador Pedro Guastavino (FpV- Entre Ríos), la jueza del Tribunal Oral en lo Criminal N° 26 de la Capital Federal, Patricia Llerena, dijo no estar de acuerdo con el punto que sostiene la imprescriptibilidad de los delitos por corrupción. La iniciativa, que considera imprescriptible el delito de corrupción, equiparándolo con los de lesa humanidad, establece el régimen de responsabilidad penal para las personas jurídicas por delitos contra la administración pública y por cohecho transnacional

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