El Código Civil y Comercial: recta final

La reforma del Código Civil y Comercial que comenzó a tratarse en el Congreso hace más de un año puede tener su sanción en los próximos días.
Hoy Julio Alak y Julián Alvarez defenderán el proyecto del ejecutivo ante los legisladores, y para el martes, fueron invitados, los referentes de la comisión de juristas redactores del anteproyecto: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Aída Kemelmajer de Carlucci.
En el Senado, se buscará aprobar el proyecto en la sesión del 27 de noviembre, y en Diputados, de ser posible, en los diez días siguientes.
El proyecto
En una primera instancia de trabajo se efectuó una reducción y actualización del Código a 4506 artículos y ahora pasaría a tener un texto unificado de 2671.
El 8 de junio de 2012 el proyecto fue enviado al Congreso para su tratamiento. En julio de ese año se constituyó la comisión bicameral integrada por las distintas fuerzas parlamentarias.
La propuesta de dictamen del gobierno contiene 105 páginas, resume el proceso llevado a cabo hasta ahora, la tarea realizada por la comisión y las modificaciones introducidas por el bloque oficialista a la propuesta del Ejecutivo, con sus explicaciones respectivas. Según el predictamen, el nuevo texto queda dividido en seis libros.
El primero consta de una parte general, que involucra la persona humana, jurídica, los bienes, hechos y actos jurídicos y la transmisión de derechos.
El segundo regula las relaciones de familia, como el matrimonio, las uniones convivenciales, el parentesco y la adopción, entre otros.
El tercero incluye los derechos personales, sus obligaciones y contratos.
El libro cuarto se refiere a los derechos reales, como posesión, dominio, propiedad comunitaria indígena, propiedad horizontal, usufructo.
El libro quinto versa sobre la transmisión de derechos por causa de muerte.
Y el libro sexto, por último, fija disposiciones comunes a los derechos personales y reales.
Aproximadamente unas 170 modificaciones se le realizaron al texto en el Congreso.
Los derechos de los pueblos originarios son reconocidos en el código, aunque también se especifica que serán materia de otra ley “en particular, la propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan”.
Por último, también será objeto de otra norma “la protección del embrión no implantado”. Este último punto era una de las tantas cuestiones que reclamaba la Iglesia Católica, así como la eliminación de la gestación por sustitución, que fue finalmente omitida del nuevo código.
Entre otras cuestiones, se mantienen las modificaciones introducidas en 2010 con la ley de matrimonio igualitario y se agregan simplificaciones en el trámite de divorcio y también en el de adopción, estableciendo menores requisitos y fijando un plazo de 90 días para que el juez determine la “situación de adoptabilidad” de un menor. Además, hay cambios en las sociedades y contratos.

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