Cortarían el teléfono a quienes hagan llamadas falsas al 911

La Cámara de Diputados de la provincia estudia un proyecto de ley tendiente a cortar el servicio telefónico a quienes llamen en broma al 911.

El socialista Joaquín Blanco es el autor del texto, que también había presentado otra iniciativa similar, se aprobó en la cámara baja, pero no pasó lo mismo en el Senado y por lo tanto perdió estado parlamentario.

El proyecto presentado prevé modificar los artículos 25 y 59 de la Ley Nº 10.703 Código de Faltas de la provincia de Santa Fe. En estas variantes se propone la “suspensión del servicio telefónico” si la infracción fuere cometida mediante el uso de telefonía, fija o móvil”. Quien dispondrá la baja del servicio será un juez, con comunicación a la empresa prestataria del servicio telefónico.

El otro cambio propuesto dice: “el que –a sabiendas– hiciere uso indebido de toques, señales u otros medios reservados por la autoridad para los llamados de alarma, régimen interno de sus dependencias, vigilancia y custodia que aquella deba ejercer, será reprimido con multa no inferior a cinco jus y no superior a 50 jus y arresto de hasta 30 días”. Si se trata de un reincidente, el juez podrá ordenar la suspensión del servicio telefónico hasta por dos años.

Vale explicar que el jus es una unidad de medida que utiliza la Justicia para imponer sanciones dinerarias, y actualmente ronda la cifra de $400 cada uno. Por ende, las multas en la actualidad variarían entre $2.000 y $20.000.

“La pena se aplicará al titular de la línea telefónica que provocare o intentare provocar, sin causa fundada, la concurrencia de la policía, del cuerpo de bomberos, defensa civil, servicios de emergencia o de cualquier otro servicio análogo a sitios donde no sea menester”, estipula el proyecto.

De sancionarse la ley sería “obligación del titular del servicio de emergencia comunicar al juez competente la comisión de la presente infracción”.

El juez podrá ordenar “la suspensión del servicio telefónico por un término de hasta 30 días”, cuando la llamada provenga de una línea móvil o una fija y su titular sea una persona física.

“También se faculta al juez actuante a ordenar a la empresa prestataria del servicio telefónico, cuando se efectivice su suspensión, a transmitir con voz mecánica un mensaje que se activará con el discado del número telefónico respectivo y que dirá: «La empresa informa que momentáneamente esta línea se encuentra suspendida en cumplimiento de la sanción prevista en los artículos 25 y 59 del Código de Faltas de la provincia de Santa Fe”, dice el texto de la propuesta de Blanco.

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