Cómo adherir al Registro Nacional «No Llame»,

Desde el 14 de enero, los usuarios tienen la posibilidad de registrarse en una base de datos para no recibir publicidades en sus teléfonos móviles o fijos. Es un servicio público, gratuito y de alcance nacional.

El trámite de inscripción y baja del registro es gratuito y simple. Se hace por internet en el sitio www.nollame.gob.ar, o telefónicamente por medio de la línea 146. El registro concentrará los números telefónicos de titulares que manifiesten su decisión de no ser contactados por las empresas que publiciten, oferten, vendan o regalen bienes o servicios mediante servicios de telefonía (cualquiera sea su modalidad): telefonía básica, móvil, servicios de radiocomunicación móvil celular, comunicaciones móviles, SMS por IP, voz por IP, y cualquier otro servicio similar que la tecnología permita.

A la PDP también le corresponderá individualizar e incorporar, dentro de las modalidades de servicios de telefonía, a aquellos nuevos servicios que la tecnología ofrezca en el futuro y sean compatibles con el objeto de la Ley N° 26.951. Para ellos deberá intervenir la Secretaría de Comunicaciones dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Quienes utilicen los servicios de telefonía con el propósito de publicitar, vender o regalar bienes o servicios, no podrán dirigirse a los inscriptos en el Registro Nacional No Llame, debiendo consultar cada 30 días la base de datos proporcionada por la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales con los teléfonos inscriptos. Para acceder a ella, las empresas que realizan marketing deberán previamente registrarse y generar un usuario y contraseña.

Si pese a estar debidamente inscripto el titular o usuario de la línea telefónica recibiera llamadas o mensajes publicitarios, podrá denunciar a la empresa infractora desde la página web o llamando al 146. En el caso de que se constate la infracción, el organismo de control (la PDP) podrá aplicar sanciones de apercibimiento, suspensión, multas que ascienden de mil pesos (mostrar.000) a cien mil pesos (0.000), o la clausura o cancelación del archivo, registro o banco de datos.

Excepciones a la normativa: campañas y emergencias

Quedan exceptuadas las campañas de bien público, las llamadas de emergencia para garantizar la salud y seguridad de la población, las campañas electorales, y las llamadas de quienes tienen una relación contractual vigente -siempre que se refieran al objeto estricto del vínculo. La ley también permite en ese punto recibir las llamadas de quienes hayan sido expresamente permitidos por el titular o usuario de la línea.

Fuente: Infojus

 

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